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Ayudas para la adquisición de software de gestión

Convocatoria pública de subvenciones para la adquisición de software de gestión avanzada por parte de las cooperativas y sociedades laborales, en el marco del programa ESTIC 2010.  

Programa de ayudas dirigido al colectivo de Empresas de Economía Social del Principado de Asturias, para facilitar e incentivar la implantación de software de gestión avanzada .

La cuantía de la subvención para la adquisición de software de gestión avanzada podrá ser de hasta el 50% del gasto subvencionable.

Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva.

La inversión subvencionable será de 1.000 euros hasta 20.000 euros (I.V.A. excluido).

Podrá ser objeto de subvención los gastos de adquisición, implantación y parametrización de sistemas informáticos de gestión avanzada cuyas funcionalidades versen exclusivamente sobre la actividad profesional o empresarial que la empresa desarrolla en el Principado de Asturias y siempre que se ajuste a las especificaciones que se señalan en la convocatoria (base 31):

  • Aplicaciones de gestión financiera (facturación, contabilidad, etc.). % máximo de subvención de Hasta el 50%, gasto máximo subvencionable (IVA excluido) con un máximo 4.000 €.
  • Aplicaciones de gestión de los RR.HH. (nóminas, etc.). % máximo de subvención de hasta el 50%, gasto máximo subvencionable (IVA excluido) con un máximo 4.000 €.
  • Aplicaciones de gestión de clientes (CRM). % máximo de subvención de hasta el 50%, gasto máximo subvencionable (IVA excluido) con un máximo 3.000 €.
  • Aplicacines de gestión de la cadena de suministro (SCM): sincronización de datos, gestión de la vi8da del producto, gestión del coste, gestión del suministro, gestión del proveedor, valoración de resultados, etc. % máximo de subvención de Hasta el 50%, gasto máximo subvencionable (IVA excluido) con un máximo 5.000 €.
  • Aplicaciones para la logística de almacenaje: embalaje, composición, etc. % máximo de subvención de hasta el 50%, Gasto máximo subvencionable (IVA excluido) con un máximo 6.000 €.
  • Sistemas de gestión documental. % máximo de subvención de hasta el 50%, gasto máximo subvencionable (IVA excluido) con un máximo 6.000 €.
  • Software específico para PDAs. % máximo de subvención de hasta el 50%, gasto máximo subvencionable (IVA excluido) con un máximo 3.000 €.
  • Software específico para GPS, gestión de flotas, posicionamiento, etc. % máximo de subvención de hasta el 50%, gasto máximo subvencionable (IVA excluido) con un máximo 4.000 €.
  • Cualquier otro software de gestión de características similares a los anteriores, cuya implantación implique una mejora en la gestión de la empresa. % máximo de subvención de hasta el 50%, gasto máximo subvencionable (IVA excluido) con un máximo 6.000 €.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO CON LA SOLICITUD

1 . Documentación común a todas las subvenciones.

a) Impreso de solicitud normalizado que incluirá:

b) Copia de la Tarjeta de identificación fiscal.

c) Escritura o acta de constitución de la entidad, a la que se acompañarán los estatutos de la misma.

d) Escritura de poder, suficiente y subsistente, de la persona física que actúe en nombre y representación de una persona jurídica, salvo que la capacidad de representación se contemple en los Estatutos.

e) Facturas pro-forma, presupuestos y memoria de la actividad objeto de la subvención.

f) Las cooperativas y sociedades laborales deberán aportar además declaración sobre todas las ayudas “de mínimis” recibidas durante los tres años anteriores a la fecha de la solicitud, así como de las solicitadas y que se encuentren pendientes de resolver.

g) Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

h) Fichero de acreedores.

i) Cuando el importe de gasto subvencionable supere la cuantía de 30.000 euros, en el supuesto de ejecución de obras, o de 12.000 euros, en el supuesto de suministro de bienes de equipo o prestación de servicios por empresas de consultoría y asistencia técnica, se aportarán, como mínimo, tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, debiendo presentarse, en este último supuesto, declaración responsable respecto a esta circunstancia.

Adicionalmente, y a los efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, se deberá de aportar una memoria justificativa cuando la elección entre las tres ofertas presentadas no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.

En el caso de adquisición de bienes o equipos de segunda mano:

a) Una declaración efectuada por el vendedor del bien o equipo relativo al origen del mismo, confirmando, que durante los últimos siete años, éste no se ha comprado con subvenciones nacionales o comunitarias.

b) Certificado, expedido por un perito independiente, de que el precio de los equipos no es ni superior al valor de mercado ni al del coste de un equipo nuevo similar y que el equipo que se adquiere reúne las características técnicas requeridas para la operación y cumple las normas aplicables.

2. ESTIC, para la implantación de software de gestión avanzada:

a) Memoria explicativa de las características y funcionalidades del software a adquirir, así como de las ventajas competitivas que aportaría a la empresa, según la siguiente estructura:

  • Breve descripción de la actividad de la empresa.
  • Justificar la necesidad de informatización de los procesos de la empresa.
  •  Descripción funcional del software a adquirir.
  • Descripción de características técnicas del software a adquirir.
  • Indicar qué mejoras se van a introducir en los procesos de la empresa con el nuevo software.
  • Justificación de la elección del software seleccionado frente a otras opciones existentes en el mercado.
  •  Especificar cómo se va a llevar a cabo el proceso de implantación (fases, personal de la empresa implicado, calendario de implantación, otros recursos necesarios, etc.).

b) En el caso de la contratación del desarrollo a medida de las aplicaciones se aportará copia del contrato de desarrollo de dicho software.

Puede presentarse a través de los siguientes medios:

  • Registros de la Consejería de Industria y Empleo
    Plaza de España, 1 - Bajo
    33007 Oviedo
  • Registro General del Principado de Asturias
     Edificio Administrativo de Servicios Múltiples. C/ Coronel Aranda, s/n Oviedo
  • En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas (ej: oficinas de empleo, otras oficinas dependientes de  la Administración del Principado de Asturias) o a la de alguna de las entidades que integran la Administración Local (Ayuntamientos) si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
  • Y a través de las oficinas de Correos, dirigiendo la solicitud al Registro de la Consejería de Industria y Empleo.

Documentación de referencia:

Sección de empresas subvencionadoras
  • Programa financiado por la Consejería de Industria y Empleo del Gobierno del Principado de Asturias
  • Acuerdo para la Competitividad, el Empleo y el Bienestar de Asturias 2008 - 2011
  • Programa financiado por la Consejería de Industria y Empleo del Gobierno del Principado de Asturias
  • -
  • Oficina Técnica: Fundación CTIC, Centro Tecnológico de la Información y la Comunicación
  • -
  • ASATA. Agrupación de Sociedades Asturianas de Trabajo Asociado
  • Cooperativas Agro-alimentarias del Principado de Asturias
  • Fundación para el Fomento de la Econoía Social
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